Aspectos obligatorios:
– Sintonizador de televisión digital estándar DVB-T2, mínimo en versión 1.3.1 del estándar.
– Canalización en 6 MHz.
– Sistema de video digital MPEG-4 parte 10 H.264.
– Capacidad para soportar los modos de transmisión de una solo PLP o múltiples PLPs transmitidas por un canal radioeléctrico.
– Capacidad para demodular señales de televisión DVB-T2:En transmisión MISO y Con constelaciones rotadas.
– Permitir la decodificación de modos extendidos de FFT.
– Soportar técnicas de PAPR.
– Soportar identificación de tramas FEF.
– Soportar los patrones de portadoras piloto (PP1-PP7).
– Sintonizador de televisión analógica en el estándar NTSC-M.
– Bandas de operación: VHF (54 – 72 MHz, 76 – 88 MHz y 174 – 216 MHz) y UHF (470 – 806 MHz).
– Soportar Guía Electrónica de Programación (EPG).
– Video: Capacidad de recibir señales con resolución 1080i, 1080p o 720p y ajustables a la pantalla propia del televisor las relaciones de aspecto 4:3 y 16:9 (Anamórfico, Pilar Box y Letter Box).
– Audio: Capacidad de decodificar MPEG-1 y/o MPEG-2 layer I y II en los siguientes modos ISO/IEC 11172-3[9] single channel, ISO/IEC 11172-3[9] joint stereo, ISO/IEC 11172-3[9] stereo. Capacidad de realizar Downmix a par estéreo de los formatos de audio AC3 y MPEG-4 HE AAC (ISO/IEC 14496-3).
– Alimentación 120V – 60Hz.
– Entrada RF: Conector tipo F de 75Ω.
– Interfaz HDMI.
– Función de subtitulación (ETSI EN 300 743).
– Capacidad para actualizar el software del sistema bajo el esquema OAD.
– Los receptores no deben estar preconfigurados para ordenar los canales por número de canal lógico. Los receptores deberán proporcionar una funcionalidad para poder cambiar el orden de los canales.